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Salida del domicilio familiar, ¿Cuándo se considera abandono de familia?

En determinados casos, la ruptura de una pareja o matrimonio con hijos viene precedida del abandono del hogar por uno de los cónyuges.

En Muñoz y Quesada Abogados te explicamos la diferencia entre abandono de hogar y abandono de familia para saber cómo actuar ante estas situaciones.

¿Cuándo dejar el domicilio familiar se convierte en abandono de familia?

El abandono del hogar y el abandono de la familia no son lo mismo. Cuando se habla de abandono de hogar, se refiere a dejar un lugar físico durante la vigencia que ha sido el domicilio familiar.

El simple hecho de cruzar por la puerta con la maleta en la mano no es considerado como abandono de familia. Si así lo fuera, toda persona sería prisionera de su propia vivienda.

El abandono de la familia implica la ruptura de los lazos domésticos cotidianos con el otro cónyuge, hijos, padres, etc. Para que este hecho sea considerado delito y poder presentar una denuncia por abandono de hogar, tiene que darse una situación especial, que es la situación de desamparo en la que queda la otra persona.

Cuando el abandono del hogar conlleva desatender las obligaciones que tiene una madre o un padre ante sus hijos creando una situación de desamparo y desprotección, entonces estamos frente a una situación de abandono de familia.

También se considera abandono de familia cuando se deja de prestar asistencia para el sustento al cónyuge, descendientes o ascendientes que se encuentren necesitados.

Abandono de familia: Cuando sí y cuando no se considera abandono de familia

Cuando uno de los cónyuges se encuentra en situación de desempleo y se queda cuidando de los hijos de la pareja sin disponer de un ingreso para mantener a los menores, debido a que el otro cónyuge que proveía el sustento familiar abandona el domicilio.

Por el contrario, si la persona abandona el hogar, pero sigue cumpliendo con sus obligaciones, entonces no estamos frente a un abandono de familia.

Sin embargo, el abandono de familia no se limita al aspecto económico, además debe darse una situación de abandono de las responsabilidades y obligaciones que afectan el bienestar de las personas necesitadas.

Cuando la situación de desamparo no responde a un momento pasajero o puntual, sino que se mantiene por un período más largo (generalmente se estima durante más de 30 días), entonces este hecho habilita a realizar la correspondiente denuncia por abandono de familia.

Por el contrario, no se considera abandono de familia cuando el cónyuge que deja el domicilio es víctima de violencia de género o malos tratos, aun dejando al cónyuge abandonado en situación de desamparo.

De igual manera, si el cónyuge que abandona la vivienda interpone la correspondiente demanda de separación o divorcio, no se puede estimar como abandono de familia.

Pensión de alimentos y pensión compensatoria

A fin de evitar inconvenientes legales y ante una situación de crisis de pareja, cuando se sabe que no hay vuelta atrás, es importante presentar una demanda de divorcio o instar medidas sobre los hijos para obtener la custodia y una pensión de alimentos o una pensión compensatoria, si así se necesita.

La pensión de alimentos se otorga cuando los hijos son menores de edad o mayores, pero sin independencia económica.

Para tener derecho a una pensión compensatoria, el divorcio o la separación tiene que producir un desequilibrio económico entre las partes.

La falta de pago de una pensión alimentaria o una pensión compensatoria puede dar lugar a una denuncia que tendrá lugar de igual manera que la tramitación de denuncia por abandono del hogar.

Abandono de familia: El impago de la pensión de alimentos

El impago de una pensión de alimentos o una pensión compensatoria puede conducir al embargo de bienes del deudor, e incluso a la comisión de un delito.

Por eso es necesario contar con una sentencia judicial que reconozca el derecho de cobro de la pensión de alimentos o compensatoria, la cual se obtiene mediante una demanda en el juzgado de familia. Sin esa sentencia a favor, no será posible reclamar o denunciar el impago de las pensiones.

Si estás atravesando una situación de abandono de familia y necesitas asesoramiento jurídico, en Muñoz y Quesada Abogados somos especialistas en derecho de familia.

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