Divorcio y Tarjeta Residencia

¿Perderé la Tarjeta Comunitaria al Divorciarme?

Cuando una persona se divorcia, no necesariamente pierde su residencia siempre que cumpla con ciertos requisitos. Es fundamental que aquellos que hayan obtenido la residencia a través del matrimonio con un español o un ciudadano comunitario informen de su divorcio a la oficina de Extranjería de su lugar de residencia.

Al hacerlo, tendrán la oportunidad de cambiar su estatus de residencia por uno de régimen general, conocido comúnmente como residencia y trabajo. Sin embargo, para acceder a este tipo de residencia, la persona divorciada debe estar empleada mediante un contrato de trabajo o trabajar por cuenta propia.

En este artículo, exploraremos en detalle los pasos necesarios para mantener la residencia después de un divorcio y cómo hacer la transición hacia un régimen de residencia de trabajo general.

¿Qué requisitos debo cumplir para mantener la tarjeta comunitaria tras el divorcio?

Los requisitos para mantener la tarjeta comunitaria tras el divorcio se encuentran establecidos en el Real Decreto 240/2007. De acuerdo con el apartado 4 de su artículo 9, el excónyuge que no sea ciudadano de un estado miembro conservará su residencia si cumple y demuestra alguno de los siguientes supuestos:

  1. Haber estado casado o en situación de pareja registrada durante al menos 3 años hasta el inicio del procedimiento judicial de nulidad o divorcio, o de la cancelación de inscripción de pareja. Además, deberá acreditar que durante esos 3 años ha convivido al menos un año en España.
  2. Haber recibido la custodia de los hijos del ciudadano comunitario por mutuo acuerdo o decisión judicial.
  3. Haber sido víctima de violencia de género o trata de seres humanos por parte del cónyuge o pareja durante el matrimonio o situación de pareja.
  4. Tener resolución judicial o acuerdo mutuo que otorgue el derecho de visita sobre un hijo menor del excónyuge cuando dicho menor resida en España.

¿Qué debo hacer si cumplo con los requisitos?

Si cumples con los requisitos mencionados y te encuentras en proceso de divorcio, es imprescindible que comuniques esta situación a la oficina de Extranjería dentro de un plazo máximo de 3 meses. Esta notificación es crucial para garantizar la continuidad de tu tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión hasta su fecha de caducidad.

No informar a Extranjería dentro de este plazo podría resultar en la pérdida de validez de tu tarjeta comunitaria, lo que dificultaría su renovación posterior.

Una vez que tu tarjeta de familiar de comunitario caduque, deberás solicitar la nueva tarjeta de residencia en régimen comunitario. Esta nueva tarjeta pasará a ser la tarjeta de residencia permanente, en la que ya no figurará el nombre de tu excónyuge comunitario. Es importante seguir estos pasos con diligencia para asegurar la regularización de tu situación legal en España después del divorcio.

¿Qué hago si no cumplo con los requisitos?

Si no cumples con los requisitos mencionados anteriormente, será necesario que solicites la autorización de residencia o residencia y trabajo según lo establecido en el artículo 200.3 del Real Decreto 557/2011 para poder continuar residiendo en España de manera legal.

Tienes un plazo de 3 meses para presentar la solicitud a partir del momento en que se produce el divorcio. Es crucial cumplir con este plazo para evitar posibles complicaciones legales y garantizar la regularización de tu situación migratoria en el país.

¿Qué pasa con mis hijos y/o mis padres?


En el caso de los hijos y/o padres de aquellos que no cumplen los requisitos mencionados anteriormente, la situación es similar. Los ascendientes y descendientes directos del familiar extracomunitario no podrán conservar la tarjeta comunitaria y, por lo tanto, deberán solicitar la autorización de residencia o residencia y trabajo en régimen general.

Es importante estar al tanto de estos procesos para garantizar la regularización de la situación migratoria de todos los miembros de la familia afectados por el divorcio.

¿Y si tengo la residencia como reagrupado de una persona no comunitaria?

Si tienes la residencia como reagrupado de una persona no comunitaria, podrás mantenerla incluso después de un divorcio si cumples con alguno de los siguientes criterios:

  1. Has convivido con el reagrupante durante al menos 2 años.
  2. Eres víctima de violencia de género, lo cual debe ser corroborado mediante un informe del Ministerio Fiscal o una orden judicial de protección.
  3. En caso de fallecimiento del reagrupante, deberás presentar el certificado de defunción como documentación requerida.
  4. No tienes deudas con la Administración o la Seguridad Social y cumples con alguno de los siguientes requisitos:
    • Tienes medios económicos suficientes para obtener una autorización de residencia temporal no lucrativa (equivalente al 400% del IPREM).
    • Posees uno o varios contratos de trabajo con una duración mínima de un año y una remuneración no inferior al Salario Mínimo Interprofesional mensual, a tiempo completo, por 14 pagas.
    • Cumplir con los requisitos necesarios para obtener una autorización de residencia y trabajo por cuenta propia.

Ejemplos de los requisitos para conservar la residencia

Tomemos el caso de Pablo, ciudadano alemán, y Ana, ciudadana colombiana, quienes contrajeron matrimonio el 1 de septiembre de 2015 y residen en España. Pablo obtuvo su Certificado de Registro de Ciudadano de la Unión Europea, mientras que Ana adquirió su permiso de residencia como familiar de comunitario en 2018. Sin embargo, el 1 de septiembre de 2022, Pablo y Ana deciden divorciarse.

Enfocándonos en Ana, quien es de Colombia, surge la incertidumbre sobre si perderá su residencia tras el divorcio. Tras revisar los requisitos establecidos, Ana cumple con el primer punto: lleva casada 7 años y ha convivido con su esposo durante 4 años en España, superando así el mínimo exigido de 3 años de matrimonio y 1 año de convivencia en el país.

En caso de tener hijos y obtener la custodia, Ana no estaría sujeta a los mismos plazos, cumpliendo así con los requisitos del segundo punto.

Sin embargo, ¿qué debe hacer Ana al divorciarse?

Es fundamental que Ana comunique su divorcio a la oficina de extranjería dentro del plazo máximo de 3 meses. De esta manera, conservará su residencia hasta su caducidad y, al renovarla, recibirá una tarjeta en la que ya no figurará el nombre de su excónyuge comunitario, es decir, Pablo.

En caso de no cumplir con los requisitos establecidos, Ana deberá informar su divorcio a la oficina de extranjería y solicitar la autorización de residencia o residencia y trabajo dentro del mismo plazo de 3 meses, según lo establecido en el artículo 200.3 del Real Decreto 557/2011. Es vital cumplir con estos procedimientos para garantizar la regularización de su situación migratoria en España después del divorcio.

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