Es frecuente que los abogados especializados en Derecho Matrimonial y de Familia reciban quejas de padres y madres que descubren eventos importantes relacionados con sus hijos, como accidentes o ingresos hospitalarios, a través de los propios menores, sin que el otro progenitor haya informado al respecto.
Este tipo de situaciones constituye un verdadero incumplimiento del ejercicio de la patria potestad, ya que no se proporciona información relevante al otro progenitor. Por lo general, esto ocurre en casos de guarda y custodia monoparental, donde el progenitor custodio omite informar al no custodio.
El Código Civil impone al progenitor que ejerce la potestad parental el deber de informar al otro progenitor de manera inmediata sobre hechos relevantes que se produzcan mientras tenga al hijo a su cargo y en la administración de su patrimonio, y con carácter ordinario cada tres meses. Este deber es recíproco, es decir, también incumbe al progenitor no custodio cuando los niños están bajo su cuidado.
Abordando las Obligaciones de Informar: Educación y Salud de los Menores
En el ámbito educativo, la normativa vigente ampara que el progenitor separado o divorciado que mantenga la patria potestad, aunque no ostente la guarda y custodia, pueda recibir información escolar. Deberá solicitarla al centro escolar, acompañando una copia de la sentencia que establezca las medidas paterno-filiales. En estos casos, los centros escolares están obligados a informar a ambos progenitores, independientemente de quién tenga la guarda y custodia.
En lo que respecta al ámbito sanitario, la normativa establece que quien sea titular de la patria potestad (no confundir con la guarda y custodia) puede acceder a los datos relativos a la salud de sus hijos.
Por lo tanto, los progenitores que tengan la patria potestad, aunque no ostenten la guarda y custodia de los menores, están facultados para obtener información sobre sus hijos de las instituciones educativas y sanitarias correspondientes.
Herramientas de Comunicación y Recursos Legales
La comunicación efectiva y transparente entre ambos progenitores es crucial para cumplir con esta obligación. Se recomienda utilizar medios electrónicos como el correo electrónico, mensajes de texto o aplicaciones de mensajería instantánea para mantener una comunicación rápida y eficiente, dejando así un registro de las conversaciones.
En casos donde la comunicación directa no sea posible o efectiva, se puede recurrir a la mediación familiar. Un mediador neutral puede ayudar a establecer pautas de comunicación y resolver conflictos, facilitando así la información al padre no custodio.
Consecuencias del Incumplimiento
El incumplimiento de la obligación de informar al padre no custodio puede acarrear diversas consecuencias legales, como sanciones económicas, modificación de la custodia o responsabilidad penal en casos graves de incumplimiento intencionado.
Es fundamental que ambas partes cumplan con esta obligación para garantizar el bienestar de los hijos y el respeto de los derechos de ambos progenitores. En situaciones relacionadas con la custodia de los hijos, se recomienda buscar la asesoría de un abogado especializado en derecho de familia para recibir orientación legal y representación adecuada.