Índice del contenido
¿Qué es la separación de bienes?
La separación de bienes es un régimen económico matrimonial en el que cada cónyuge mantiene la propiedad y el control exclusivo de los bienes que tenía antes de contraer matrimonio y de aquellos que adquiere durante el matrimonio, ya sea por herencia, donación o compra.
En este régimen, los bienes adquiridos por cada cónyuge se mantienen separados y no se consideran propiedad conjunta del matrimonio, a menos que expresamente se haya acordado lo contrario. Esto significa que, en caso de un divorcio o fallecimiento de uno de los cónyuges, cada uno tiene derecho a sus propios bienes y no se deben dividir por igual entre los cónyuges.
Es importante destacar que en la separación de bienes, cada cónyuge es responsable de sus propias deudas y obligaciones financieras. Esto significa que, en caso de que uno de los cónyuges acumule deudas durante el matrimonio, el otro no es responsable de ellas a menos que haya firmado conjuntamente un acuerdo para asumir la deuda.
La separación de bienes puede ser una opción atractiva para parejas que desean mantener la independencia económica durante su matrimonio, o para aquellos que tienen una situación financiera desigual antes de casarse. Sin embargo, también puede presentar algunos desafíos en términos de planificación financiera y de impuestos, por lo que es recomendable buscar asesoramiento legal antes de tomar una decisión.
Herencia con separación de bienes: los derechos de viudedad
La herencia con separación de bienes es un régimen matrimonial en el que cada cónyuge mantiene la propiedad y el control de sus bienes y patrimonio durante el matrimonio. En este régimen, los bienes que cada uno adquiere durante el matrimonio son propiedad exclusiva del cónyuge que los adquirió. No obstante, el artículo 807 del Código Civil establece que el viudo o viuda, sin importar el régimen económico al que se acogiese en el momento de contraer matrimonio, es un heredero forzoso del cónyuge fallecido.
Esto quiere decir que, pase lo que pase, va a tener derecho a una parte de la herencia ya que existe el “derechos de viudedad”. No obstante esto varían en función de si el matrimonio había establecido un régimen económico de separación de bienes o de sociedad de gananciales.
Vamos a ver la diferencia:
- Si se establece una Sociedad de gananciales y herencia para el cónyuge viudo. Le va a corresponder el 50 % de los bienes del fallecido y el usufructo viudal.
- Si se establece separación de bienes y herencia para el cónyuge viudo. En este caso, el cónyuge viudo solo tiene derecho al usufructo viudal.
¿Qué hereda la viuda en separación de bienes? El usufructo viudal
En una separación de bienes, cada cónyuge es propietario de sus bienes individuales y también tienen en común aquellos bienes que adquirieron durante el matrimonio.
En caso de fallecimiento de uno de los cónyuges, la herencia se divide entre los herederos legales. Si la pareja estaba casada en régimen de separación de bienes, la viuda o el viudo no hereda los bienes de la pareja fallecida, ya que cada uno es propietario de sus bienes individuales.
Sin embargo, la viuda o el viudo puede tener derecho al usufructo viudal, que es el derecho a utilizar los bienes que pertenecían a la pareja fallecida durante un período determinado (generalmente hasta el fallecimiento del cónyuge sobreviviente). Este usufructo puede aplicarse a la vivienda familiar, otros inmuebles o incluso a ciertas inversiones y activos financieros.
El usufructo viudal es una figura legal que busca proteger al cónyuge sobreviviente, asegurando su derecho a seguir utilizando los bienes que compartía con su pareja fallecida durante un período de tiempo determinado. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el usufructo viudal no convierte al cónyuge sobreviviente en propietario de los bienes, sino que solo le permite usarlos durante un tiempo limitado.
Una vez aclarado qué es el usufructo viudal, ¿a cuánto asciende? Esto va a depender de la situación familiar del matrimonio en el momento de producirse el fallecimiento:
- Si el Matrimonio tiene hijos. En este caso, el usufructo viudal recae sobre el tercio de mejora.
- Si el Matrimonio no tiene hijos pero hay ascendientes del cónyuge fallecido. El usufructo viudal recae sobre el 50 % de la herencia.
- Si el Matrimonio sin hijos ni tampoco ascendientes. El usufructo viudal corresponderá a dos tercios de la herencia total.
La única opción de que tiene el cónyuge viudo pueda heredar los bienes del fallecido, es que no exista un heredero forzoso. Es decir, que el fallecido no tenga ascendientes, descendientes, hermanos o cualquier otro familiar que pudiese ostentar este derecho.
Por lo tanto, es fundamental, para evitar posibles problemas, es realizar testamento en vida que establezca al cónyuge viudo algún bien en propiedad que pueda garantizar su bienestar económico después del fallecimiento de su cónyuge.
¿Cómo se paga el usufructo viudal?
El usufructo viudal es un derecho que se otorga al cónyuge superviviente para que pueda disfrutar de los bienes que formaban parte del patrimonio del fallecido durante un periodo determinado de tiempo.
La ley da bastante libertad a los herederos a la hora de abonar el usufructo viudal al cónyuge viudo. Se puede realizar de diversas formas como por ejemplo:
- Que pueda usar la vivienda habitual o cualquier otra indefinidamente o durante un determinado tiempo o de forma limitada.
- Pagarle una renta vitalicia o temporal.
- Pagarle una suma de dinero a tanto alzado.
- Acciones en el negocio del viudo en caso de que lo tuviera.
Solamente hay un requisito que se debe cumplir para pagar el usufructo de una de estas formas o de cualquier otra: debe de hacer un acuerdo entre los herederos y el cónyuge viudo. De no llegar a un entendimiento, se debe de comenzar una acción judicial para que sea un juez el que establezca la forma en la que se lleva a cabo el pago.
Separación de Bienes y la pensión de viudedad
Una de las dudas más frecuentes entre los matrimonios que están pensando o no acogerse a la separación de bienes, es si, en caso de fallecimiento de alguno de ellos el otro cónyuge tiene derecho a percibir la pensión de viudedad.
Pues bien, el derecho de cobro de la pensión de viudedad no tiene nada que ver con la herencia que deje el cónyuge fallecido. Para obtenerla, lo único que hace falta es cumplir con los requisitos exigidos por la Ley General de la Seguridad Social.
Es evidente que el régimen de separación de bienes tiene muchas ventajas. Por ejemplo, facilita el reparto de los bienes en caso de fallecimiento o divorcio. También facilita la gestión del patrimonio personal e impide que una deuda arrastre económicamente a los dos.
Sin embargo, en caso de que se produzca el fallecimiento de uno de los cónyuges, puede dejar relativamente desamparado al que sobrevive. Sobre todo, a la hora de repartir la herencia. Desde luego, no es nada que no se pueda solucionar haciendo testamento, como dijimos anteriormente.
Separación de Bienes y Herencia
Acogerse al régimen de Separación de bienes puede ser una alternativa con diversas ventajas puesto que hace que se facilite el reparto de los bienes en caso de fallecimiento o divorcio, la gestión del patrimonio personal e puede evitar problemas económicos al cónyuge superviviente en el caso de que el fallecido arrastre deudas económicas.
Pero, existe también la desventaja de que puede dejar desamparado al que sobrevive. Sobre todo, a la hora de repartir la herencia. Por lo tanto si se hace una separación de bienes, se debe hacer un testamento para dejar los cabos bien atados en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges.
Por lo tanto siempre es recomendable acudir a un abogado especialista en herencias y testamentos puede brindar asesoramiento legal y asegurarse de que su testamento cumpla con los requisitos legales para que sea válido y vinculante.
Además, un abogado puede ayudar a evitar problemas y disputas legales después de su fallecimiento, al asegurarse de que su testamento esté redactado de manera clara y precisa y que todos los documentos relacionados estén en orden.
También puede ayudar a identificar posibles problemas que puedan surgir en el futuro, como impuestos sobre herencias, disputas familiares o desafíos a la validez del testamento.