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Muñoz Quesada Abogados

Diferencia entre injuria y calumnia

Injuria y calumnia no son lo mismo. La calumnia te imputa un delito falso; la injuria ataca tu dignidad o reputación sin llegar (necesariamente) a acusarte de un delito. Aquí te explicamos la diferencia, las penas y qué hacer si te afecta —en redes, en el trabajo o en tu entorno— con criterios del Código Penal.

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Diferencia entre injuria y calumnia

4 min de lectura

Mercedes Muñoz Quesada

Publicado el

Actualizado el

Esta guía es información general orientativa. No sustituye una consulta jurídica sobre tu caso. Si tienes un plazo o una notificación, contacta con el despacho para valorarlo.

En pocas palabras

La calumnia es imputar un delito a alguien sabiendo que es falso o con temerario desprecio a la verdad. La injuria es una expresión o acción que lesiona la dignidad, fama o propia estimación, y solo es delito cuando es grave. Ambos son delitos contra el honor tipificados en el Código Penal; no son lo mismo ni se sancionan igual.

En pocas palabras: injuria vs calumnia

Si te insultan o te humillan de forma grave, puede ser injuria.

Si te insultan o te humillan de forma grave, puede ser injuria. Si te acusan de haber cometido un delito sabiendo que es mentira (o con temerario desprecio a la verdad), puede ser calumnia.

Ambos son delitos contra el honor (Código Penal). No se persiguen de oficio: hace falta querella de la persona ofendida. Conservar pruebas desde el primer momento marca la diferencia.

Derecho al honor y límites de la libertad de expresión

El artículo 18.1 de la Constitución protege tu derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen.

El artículo 18.1 de la Constitución protege tu derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen. La libertad de expresión e información (art. 20 CE) no es ilimitada: choca con esos derechos cuando se usa para dañar de forma ilegítima.

El detalle tipificado está en el Código Penal (Ley Orgánica 10/1995): delitos contra el honor en el Título XI del Libro II. En la práctica, la frontera entre opinión dura y delito se valora caso a caso (gravedad, publicidad, intención y veracidad).

Calumnia: artículo 205 del Código Penal

Hay calumnia cuando se imputa a otra persona un delito sabiendo que es falso, o con temerario desprecio hacia la verdad.

Hay calumnia cuando se imputa a otra persona un delito sabiendo que es falso, o con temerario desprecio hacia la verdad. No basta un rumor vago: hace falta atribuir un hecho delictivo concreto a una persona identificable.

Ejemplo típico: afirmar en público o en redes que “X ha robado en la empresa” o “ha falsificado documentos” sin base y a sabiendas de que no es cierto.

Si quien te acusa puede probar que el delito imputado es verdadero (exceptio veritatis en los términos legales), puede quedar exento de responsabilidad penal por calumnia. Por eso la prueba y la precisión de lo dicho son centrales.

Las penas (art. 206 CP) se agravan si hay publicidad (prensa, redes, actos públicos, etc.). Orientativamente: con publicidad puede llegar a prisión de 6 meses a 2 años o multa de 12 a 24 meses; sin publicidad, multa de 6 a 12 meses. Confirma siempre el texto consolidado del BOE y tu supuesto.

Dudas frecuentes en este punto

¿Cuál es la diferencia entre injuria y calumnia?

La injuria ofende tu dignidad o reputación; la calumnia te imputa falsamente un delito concreto. Son tipos penales distintos (arts. 205–209 CP) y no se sancionan igual.

¿Puedo denunciar insultos en redes sociales?

Sí, si alcanzan gravedad suficiente para tipificarse. Conserva pruebas (capturas con fecha y URL) y consulta antes de publicar respuestas que puedan perjudicarte.

Injuria: artículo 208 del Código Penal

La injuria es la acción o expresión que lesiona tu dignidad, menoscabando tu fama o atacando tu propia estimación.

La injuria es la acción o expresión que lesiona tu dignidad, menoscabando tu fama o atacando tu propia estimación. Solo son delito las injurias graves, valorando naturaleza, efectos y circunstancias.

Si la injuria consiste en imputar hechos, no se considera grave salvo que se haga con conocimiento de su falsedad o con temerario desprecio a la verdad. Un insulto puntual no siempre es delito; el contexto (reiteración, audiencia, medio, relación entre las partes) pesa mucho.

Las penas (art. 209 CP) también se agravan con publicidad. Orientativamente: con publicidad, multa de 6 a 14 meses; sin publicidad, multa de 3 a 7 meses. Además puede haber responsabilidad civil (reparación del daño).

Similitudes: publicidad, querella y reparación

En injuria y en calumnia la publicidad suele agravar la sanción.

En injuria y en calumnia la publicidad suele agravar la sanción. En ambos casos el proceso penal se abre, como regla, mediante querella de la persona ofendida: no bastan “denuncias genéricas” si no se cumple el cauce procesal.

También es frecuente valorar la retractación, el perdón o acuerdos sobre la reparación del daño. Eso no borra automáticamente el hecho, pero sí puede influir en la estrategia y en el cierre del conflicto.

Qué solemos revisar en el despacho

Antes de interponer querella, contrastamos el contenido exacto de la imputación (¿atribuye un delito concreto o solo insulta?), si hay publicidad (redes, medio…

Antes de interponer querella, contrastamos el contenido exacto de la imputación (¿atribuye un delito concreto o solo insulta?), si hay publicidad (redes, medios, actos públicos) y qué prueba conservas: capturas con URL y fecha, mensajes íntegros, testigos.

Si te han querellado, revisamos el escrito, los plazos de contestación y si conviene retractación, acuerdo o defensa plena. Valoramos también si cabe reclamación civil de daños junto al cauce penal.

Errores frecuentes

Responder en redes con acusaciones recíprocas; borrar el hilo original; confundir denuncia policial con querella; o interponer querella sin prueba de la imputa…

Responder en redes con acusaciones recíprocas; borrar el hilo original; confundir denuncia policial con querella; o interponer querella sin prueba de la imputación concreta.

También falla esperar meses: los plazos procesales no se detienen porque «todo el mundo lo sabe». Cuanto antes ordenes prueba y estrategia, mejor.

Qué hacer si te han injuriado o calumniado (o te han querellado)

Si eres víctima: guarda pruebas íntegras (capturas con URL y fecha, mensajes, testigos).

Si eres víctima: guarda pruebas íntegras (capturas con URL y fecha, mensajes, testigos). No borres el hilo original. Evita responder en caliente con acusaciones que puedan volverse en tu contra.

Si te han querellado por un delito contra el honor: no ignores el plazo ni contestes por tu cuenta en redes. En Muñoz Quesada Abogados (Granada) te orientamos sobre defensa, pruebas y siguientes pasos en la primera consulta gratis, con respuesta en 48 h.

Si además hay daño económico o reputacional medible, puede interesar valorar una reclamación civil de daños y perjuicios junto al cauce penal, según tu caso.

Qué documentos te conviene reunir

Llegar con esto ordenado acelera la primera consulta y evita idas y vueltas.

  • DNI y datos de contacto
  • Contratos, escrituras o títulos relevantes
  • Requerimientos, burofax o reclamaciones previas
  • Justificantes de pagos, deudas o transferencias
  • Fotos, informes o periciales si existen
  • Plazos y notificaciones recibidas (con fecha)

Abogado civil en Granada

Te atiende Mercedes

Mercedes Muñoz Quesada, abogada

Licenciada en Derecho

Mercedes Muñoz Quesada

Colegiada nº 7.423 · ICAGR

Te ayudo a resolver tus preocupaciones legales de forma clara, cercana y eficaz, acompañándote en todo el proceso desde el primer momento.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta abogado en Granada para una querella por calumnia?

En la práctica sí: la querella exige técnica procesal y valoración de indicios. Te orientamos en la primera consulta gratis.

¿La policía actúa de oficio por injurias o calumnias?

Como regla, no: son delitos privados que requieren querella de la persona ofendida. Hay matices según el caso; por eso conviene valorar pronto la vía correcta.

Fuentes legales

Enlaces al texto consolidado del BOE (carácter informativo). La normativa puede cambiar y tu caso requiere un análisis concreto.

¿Quién revisa estas guías y cómo las elaboramos? Cómo elaboramos nuestros contenidos.

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