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Abogados recursos de apelación en Granada

Una sentencia desfavorable no tiene por qué ser la última palabra

Cuando una sentencia no responde a lo que se esperaba, conviene revisarla con cabeza fría antes de decidir el siguiente paso. No todo se recurre, pero hay más margen del que la gente cree.

Te ayudamos a estudiar la resolución, ver si hay base para apelar y, si la hay, presentar un recurso sólido en el plazo que marca la ley.

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Qué es y cómo se plantea un recurso de apelación

El recurso de apelación es la vía ordinaria para que un órgano judicial superior revise una sentencia que no compartes. Lo que se pide no es repetir el juicio, sino que la Audiencia (o el tribunal correspondiente) revise lo que se valoró y resolvió en primera instancia.

Funciona en distintas materias: civil, penal, contencioso-administrativo, social. En cada una hay sus propios plazos, requisitos y motivos por los que se puede impugnar la resolución.

En Muñoz Quesada Abogados revisamos la sentencia y el procedimiento para ver qué tiene recorrido y qué no, redactamos el recurso con argumentos sólidos y llevamos el procedimiento hasta la resolución del tribunal superior.

Trato cercano y personalizado

Estamos ahí durante todo el proceso con un enfoque claro y cercano. Atendemos tus necesidades y adaptamos la estrategia tu caso, no soluciones estandarizadas.

Explicaciones claras, sin tecnicismos

Cada proceso será explicado de forma sencilla para que controles tus opciones reales, el tiempo que llevará y los plazos desde el día 1.

Acuerdos rápidos y eficaces

Normalmente damos prioridad a soluciones amistosas evitando así conflictos densos evitables. Siempre con tus intereses como objetivo, de esta forma ahorrarás dinero y desgaste.

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¿Cómo es el proceso para apelar una sentencia?

El plazo para apelar suele ser corto, así que conviene actuar pronto. Trabajamos con un orden claro para que no se pierda tiempo en lo que no aporta.

01

Revisión de la sentencia

Estudiamos la resolución, las pruebas y las actuaciones del juicio. Vemos si hay errores de hecho, de derecho o de motivación con base para recurrir.

02

Valoración del recorrido del recurso

Te decimos con franqueza si merece la pena apelar, qué argumentos tienen peso y cuáles no. Decidir bien aquí ahorra tiempo y costes.

03

Redacción y presentación

Preparamos el escrito de apelación con la fundamentación necesaria y lo presentamos en plazo en el juzgado que dictó la sentencia.

04

Tramitación hasta la resolución

Atendemos oposiciones de la otra parte, vista si la hay y comunicaciones del tribunal. Te informamos de cada paso hasta la sentencia de apelación.

Aspectos clave de un recurso de apelación

01

Plazo breve

En civil son 20 días hábiles desde la notificación; en penal y otros órdenes cambia. Si no se respeta el plazo, no hay recurso posible.

02

Motivos concretos

No basta con discrepar. Hay que apoyar el recurso en errores de valoración de la prueba, infracción de norma, falta de motivación o vulneración de garantías.

03

Revisión por tribunal superior

Resuelve la Audiencia Provincial, el TSJ o el órgano que corresponda según la materia. Pueden confirmar, modificar o anular la sentencia.

04

Costes y costas

Hay tasas en algunos casos y posibles costas si se desestima el recurso. Lo valoramos contigo antes de decidir si apelar.

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Nuestro abogado responsable de extranjería y procedimientos administrativos

Octavio Muñoz Quesada
Graduado en derecho

Octavio Muñoz Quesada

Colegiado 7920 — Ilustre Colegio de Abogados de Granada

En extranjería he llevado muchos recursos contra denegaciones de visado, residencia o autorizaciones de trabajo. La clave casi siempre está en leer bien la resolución y atacar el motivo concreto.

Si la sentencia o resolución proviene de otra materia, en el despacho coordinamos con el abogado del área para que el recurso lo firme quien mejor lo pueda defender.

DUDAS HABITUALES

Preguntas frecuentes sobre el recurso de apelación

Algunas dudas habituales cuando se recibe una sentencia desfavorable y se valora si conviene recurrir.

¿Tienes alguna otra pregunta?

¿Cuánto plazo tengo para apelar?

En civil, 20 días hábiles desde la notificación. En penal, 10 días. En contencioso-administrativo y otros órdenes hay sus propios plazos. Mejor consultarlo cuanto antes para no perder margen.

No siempre. Solo se recurren las sentencias que no son firmes. Hay resoluciones contra las que no cabe apelación directa, pero sí otros recursos. Lo revisamos en cada caso.

Mientras se resuelve, la sentencia de primera instancia puede ser ejecutable provisionalmente. Hay vías para pedir la suspensión, dependiendo de la materia y de la garantía que se ofrezca.

El tribunal superior puede confirmar, modificar parcial o totalmente, o anular la sentencia. También puede ordenar repetir actuaciones si detecta vulneración de garantías.

Sí, en muchos casos cabe recurso de casación o extraordinario por infracción procesal ante el Tribunal Supremo o el TSJ, dependiendo de la materia y de la cuantía o relevancia del asunto.

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