reclamar deuda sin contrato

Reclamar una deuda sin contrato ¿Es posible?

Reclamar una deuda sin contrato es perfectamente posible si se hace con estrategia y pruebas sólidas.
En Muñoz y Quesada Abogados hemos ayudado a muchos clientes a recuperar cantidades importantes gracias a Bizums, mensajes y audios, aunque no hubiera contrato firmado.

El sistema judicial está preparado para resolver este tipo de conflictos. Lo que necesitas es una buena preparación del caso, saber qué pruebas valen y qué procedimiento utilizar.

Si te deben dinero y no sabes por dónde empezar, no estás solo. Estamos aquí para ayudarte a recuperar lo que es tuyo con todas las garantías legales.

🧾 ¿Se puede reclamar una deuda sin contrato en España?

La respuesta rápida es: sí, se puede. Aunque no exista un contrato escrito, la ley española permite reclamar judicialmente una deuda entre particulares, siempre que se puedan acreditar los hechos por otros medios.

En nuestro despacho, Muñoz y Quesada Abogados, nos encontramos a menudo con personas que han prestado dinero a familiares, amigos o conocidos, confiando en la palabra, pero que luego no ven el dinero de vuelta. Y lo más preocupante: no saben si tienen derecho a reclamar.

Muchos creen erróneamente que “sin contrato, no hay nada que hacer”, pero eso no es cierto.
El Código Civil establece que las obligaciones nacen también de actos o contratos verbales, siempre que puedan probarse por otros medios (Art. 1088 CC y siguientes).

En definitiva, aunque no exista un papel firmado, sí existe un derecho a reclamar una deuda, siempre que se puedan presentar indicios, comunicaciones, testigos o transferencias que demuestren que el préstamo o acuerdo existió.

📌 ¿Qué pruebas sirven para demostrar una deuda sin contrato?

Cuando no hay contrato firmado, la clave está en las pruebas indirectas o contextuales. Afortunadamente, hoy en día las relaciones económicas dejan muchos rastros digitales: mensajes, transferencias, audios, correos, etc.

Estas son las principales pruebas que admiten los juzgados españoles:

1. Transferencias bancarias o Bizum

Una transferencia con el concepto “préstamo”, “deuda”, “te dejo esto”, etc., es una evidencia fuerte. También lo es un Bizum con comentario similar. Aunque el deudor lo niegue, el juzgado lo valorará como indicio de un acuerdo económico.

2. Mensajes de WhatsApp, SMS, Telegram o emails

Deberás reunir pruebas como:

  • El deudor reconoce haber recibido el dinero
  • Agradece el préstamo
  • Promete devolverlo
  • Da excusas por no pagar

Estas conversaciones, acompañadas de un acta notarial o validación digital, son pruebas válidas y frecuentes.

3. Testigos

Si alguien presenció el acuerdo verbal o la entrega del dinero (por ejemplo, un familiar o amigo común), puede declarar como testigo.

4. Audios o llamadas grabadas

Siempre que el acreedor participe en la conversación, puede grabarla legalmente sin necesidad de consentimiento del otro. Estas grabaciones son admisibles como prueba si el contenido demuestra la existencia de la deuda.

5. Reconocimiento posterior de deuda

Si la persona reconoce, por cualquier vía, que tiene una deuda pendiente contigo, aunque sea meses después, eso puede ser decisivo en un juicio.

En Muñoz y Quesada, asesoramos a nuestros clientes sobre cómo preparar y presentar este tipo de pruebas correctamente. No basta con tenerlas: hay que saber ordenarlas, contextualizarlas y defenderlas jurídicamente.

⚖️ Vías legales para reclamar una deuda entre particulares sin contrato

Existen dos formas principales de reclamar legalmente una deuda sin contrato:

1. Reclamación extrajudicial

Antes de acudir a los tribunales, recomendamos enviar una reclamación formal por escrito (burofax, carta certificada, correo electrónico con acuse de recibo).

Este paso tiene varias ventajas:

  • Puede evitar el juicio si el deudor reacciona
  • Sirve como prueba de requerimiento de pago
  • Interrumpe el plazo de prescripción legal

Muchas veces, al recibir una reclamación formal redactada por un abogado, el deudor decide pagar para evitar males mayores.

2. Reclamación judicial

Si no hay respuesta, pasamos a la vía judicial. Las opciones son:

  • Proceso monitorio (cuando hay prueba documental suficiente)
  • Juicio ordinario (si no hay documentos sólidos, pero hay indicios y testigos)

Dependiendo de la cuantía y de las pruebas disponibles, recomendamos uno u otro procedimiento. Más adelante explico ambos con detalle.

💼 Juicio monitorio o juicio ordinario: ¿cuál es la mejor opción?

🔹 El juicio monitorio

Es un proceso rápido, económico y muy efectivo.
Sirve para reclamar deudas claras, vencidas y exigibles, cuando tienes pruebas como:

  • WhatsApps claros
  • Bizum con concepto “préstamo”
  • Emails donde el deudor reconoce la deuda
  • Reconocimiento por escrito, aunque no sea formal

Una vez se presenta la solicitud de monitorio, el juzgado notifica al deudor, que tiene 20 días para pagar o alegar. Si no contesta, se dicta un auto de ejecución directa, y se puede embargar salario, cuentas, bienes, etc.

Este es nuestro camino preferido en más del 80% de casos.

🔸 El juicio ordinario

Cuando no hay prueba documental directa (por ejemplo, solo hay testigos o conversaciones ambiguas), hay que acudir a un juicio declarativo ordinario o verbal, según la cuantía.

Este proceso es más largo y costoso, pero también permite defender el caso con:

  • Testigos
  • Grabaciones de audio
  • Capturas de pantalla sin contexto claro

El juez valorará la credibilidad de las pruebas y puede estimar la deuda, aunque no haya contrato. Hemos ganado juicios así con pruebas indirectas bien presentadas.

📱 ¿Sirven los WhatsApp, Bizum o correos como prueba de deuda?

Sí, y cada vez con más peso legal.

Los jueces valoran estos elementos como indicios claros, especialmente si están fechados, encadenados cronológicamente y no han sido manipulados.

En casos dudosos, solemos preparar un acta notarial de conversaciones o un dictamen pericial digital para blindar la validez de la prueba.

Importante: nunca borres mensajes, conversaciones ni justificantes. Todo suma.

⏳ ¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una deuda sin contrato?

El plazo legal para reclamar una deuda entre particulares es de 5 años, según el artículo 1964 del Código Civil, reformado en 2015.

Este plazo empieza a contar:

  • Desde el momento en que se acordó el pago
  • O desde que el deudor debió devolver el dinero

Pero hay buenas noticias: si envías una reclamación extrajudicial por escrito (email, burofax, etc.), el plazo se interrumpe y empieza a contar de nuevo.

En el despacho tenemos clientes que han recuperado deudas de hace 4 años gracias a conservar pruebas y a interrumpir la prescripción a tiempo.

💡 Consejos profesionales para reclamar con éxito y evitar problemas

Aquí te dejamos los consejos clave que damos siempre a nuestros clientes:

  1. Nunca prestes dinero sin dejar rastro. Aunque sea un Bizum o WhatsApp, algo debe quedar registrado.
  2. Si ya prestaste sin contrato, guarda todos los mensajes, transferencias o audios. Son clave.
  3. No amenaces ni insultes al deudor. Eso puede volverse en tu contra.
  4. Envía una reclamación formal antes de denunciar. A veces eso basta.
  5. Consulta a un abogado antes de presentar demanda. Muchos casos se pierden por errores en la prueba.
  6. No esperes a que “ya pasaron muchos años”. Con buena asesoría, se puede recuperar incluso deudas antiguas.

❓ Preguntas frecuentes sobre reclamar deudas informales

¿Y si el deudor dice que fue un regalo o donación?
Tendrá que probarlo. Si tú tienes mensajes que hablan de “préstamo” o “deuda”, el juez te dará la razón.

¿Hace falta abogado y procurador?
Solo si la cantidad supera los 2.000 €. Para deudas menores puedes presentar tú mismo, aunque siempre recomendamos asistencia legal para asegurar éxito.

¿Y si el deudor está en otra ciudad?
Se puede reclamar desde tu ciudad si allí se realizó el préstamo, o desde donde reside el deudor. Analizamos cada caso.

¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes?
La deuda seguirá viva. Se puede embargar en el futuro. Recomendamos presentar igual la demanda para tener sentencia firme.

¿Una conversación de voz sirve como prueba?
Sí, siempre que tú participes en ella. Si es una grabación oculta entre terceros, no vale.

Reclamar una deuda sin contrato es perfectamente posible si se hace con estrategia y pruebas sólidas.
En Muñoz y Quesada Abogados hemos ayudado a muchos clientes a recuperar cantidades importantes gracias a Bizums, mensajes y audios, aunque no hubiera contrato firmado.

El sistema judicial está preparado para resolver este tipo de conflictos. Lo que necesitas es una buena preparación del caso, saber qué pruebas valen y qué procedimiento utilizar.

Si te deben dinero y no sabes por dónde empezar, no estás solo. Estamos aquí para ayudarte a recuperar lo que es tuyo con todas las garantías legales.

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