Juicio verbal de reclamación de cantidad: deuda inferior a 6.000€

Si tiene alguna reclamación de deuda inferior a 6.000€ en Granada, en Abogados MQ podemos ayudarle. Existen varias formas de reclamar cantidades de dinero, dependiendo de la cantidad. En nuestro despacho de abogados te asesoramos para recuperarlo.

Reclamación de deuda inferior a 6.000€

Lo primordial a la hora de reclamar una cantidad de dinero es no esperar a que el plazo para hacerlo haya transcurrido.

Existen varios procedimientos que varían entre sí en función de la cuantía reclamada. Por ello, es importante saber cómo proceder en cada caso.

Las reclamaciones de hasta 2.000 euros no requieren un juicio para su resolución, sino que pueden resolverse por escrito con pruebas suficientes. 

Para reclamaciones entre 2.001 y 6.000 euros, es necesario acudir a los tribunales con abogado y procurador. Sin embargo, como en los dos casos anteriores, el asunto también puede resolverse por escrito. 

Aunque estos casos suelen requerir una vista oral para que el juez escuche los argumentos de ambas partes.

Juicio verbal

El artículo 437.3 de la LEC regula los juicios verbales de cuantía inferior a 6000 euros. El proceso no se utiliza a no ser que se presente una demanda civil y la deuda sea verificable.

El demandado debe contestar inmediatamente, momento en el que se celebra la vista de forma inmediata, ya que ambas partes deben exponer su posición. El juez dicta sentencia en un plazo de 10 días.

Para importes inferiores a 2.000 euros, es posible acudir al tribunal sin la presencia de un abogado o procurador. Sin embargo, no se recomienda acudir al tribunal sin abogado, ya que sus servicios garantizan decisiones justas.

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