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¿Qué es la custodia compartida de las mascotas?
Las mascotas ya no son consideradas como propiedad puramente privada debido a un cambio largamente esperado en la ley civil. Finalmente se reconocieron a sí mismos por lo que eran, criaturas sensibles. Esto significa, que si una pareja tiene en común un mascota y deciden separarse o divorciarse, se puede establecer un sistema de custodia compartida de perros o cualquier otra mascota puesto que son miembros de la familia.
La custodia compartida de las mascotas es un acuerdo en el que ambas partes involucradas en un divorcio o separación comparten la responsabilidad y el tiempo de cuidado de su(s) mascota(s). Este tipo de acuerdo es cada vez más común, ya que las personas consideran a sus mascotas como miembros de su familia y desean asegurarse de que reciban la atención y el amor adecuados después de una separación.
En algunos casos, la custodia compartida de las mascotas puede ser formalizada a través de un acuerdo legal. Este acuerdo puede incluir detalles como el tiempo que cada parte pasará con la mascota, quién será responsable de los gastos veterinarios y de alimentación, y cualquier otro requisito específico para el cuidado de la mascota.
Es importante destacar que aunque la custodia compartida de las mascotas puede ser beneficioso para las mascotas, también puede ser un desafío para las partes involucradas. Es importante que ambas partes se comuniquen claramente y trabajen juntas para garantizar que la transición de la mascota entre hogares sea lo más suave y sin estrés posible. Además, ambas partes deben estar dispuestas a cumplir con los términos del acuerdo y poner el bienestar de la mascota en primer lugar.
¿Quién se queda con la mascota?
El artículo 90 incluye un apartado para que las exparejas consideren qué ocurre con las mascotas en los acuerdos de custodia por separación o divorcio. En el pasado, la ley española no reconocía específicamente la custodia compartida de las mascotas, lo que llevaba a muchos conflictos y disputas entre las partes en casos de separación o divorcio. A menudo, uno de los miembros de la pareja acababa teniendo la custodia exclusiva del animal, mientras que el otro se quedaba sin derecho a visitarlo o cuidarlo.
La nueva ley cambia esto y reconoce la importancia de las mascotas en la vida de las personas, estableciendo que las partes pueden acordar una custodia compartida en la que se establezcan los periodos en los que cada uno de ellos se encargará de cuidar al animal. Este acuerdo deberá ser homologado por un juez, quien lo aprobará siempre y cuando se considere que es beneficioso para la mascota y que se garantiza su bienestar.
La ley también establece que, en caso de que las partes no lleguen a un acuerdo sobre la custodia de la mascota, el juez deberá tomar una decisión basada en el bienestar del animal. En estos casos, se tendrán en cuenta diversos factores, como quién ha sido el cuidador principal de la mascota, las condiciones de vida de cada uno de los miembros de la pareja, y cualquier otra circunstancia que pueda afectar el bienestar del animal.
¿Qué ocurre si la pareja no es pareja de hecho o está casada?
La reforma del CC solo es aplicable a las parejas que estaban casadas, puesto que son las únicas que se pueden separar o divorciar.
En el caso de las parejas de hecho, o las parejas que no tienen este régimen de unión, la cosa se complica bastante.
Probablemente, con el tiempo, los tribunlaes aplican esos mismos principios a las parejas de hecho que demanen la custodia compartida de su mascota.
Lo mejor en estos casos, es firmar un contrato de copropiedd del animal. En nuestro despacho de abogados en Granada podemos resolver tus dudas e incluso realizar el documento.
Con este documento, es más fácil probar que el animal no solo pertenece a la persona que figure en el registro administrativo, sinoque perrtene a una segunda persona.
En caso de tener algún tipo de desavenencias, mediar es lo mejor para poder negociar una custodia de la mascota sin tener que llegar a juicio, de esta forma todas las partes quedarán satisfechas con el acuerdo, incluyendo la mascota.